Fue el 27 de abril de 2016, recordémoslo, cuando las obras promovidas por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y el Ayuntamiento de Tomares en el olivar de El Zaudín (Sevilla) para acondicionarlo como un nuevo parque público propiciaron este descubrimiento arqueológico.
En concreto, durante estos trabajos, la pala de una máquina retroexcavadora arrastró en una de sus acometidas parte de un conjunto de 19 ánforas enterradas bajo el firme, diez de las cuales resultaron fragmentadas o afectadas por el impacto de la pala mecánica.
El hallazgo de estas 19 ánforas repletas de monedas de bronce constituyó el mayor descubrimiento arqueológico de los últimos tiempos en la provincia de Sevilla y de los más importantes en el ámbito estatal, toda vez que su localización tuvo un impacto de carácter mundial al hacerse eco medios de comunicación de no pocos países.
Una posterior excavación arqueológica del lugar supuso el hallazgo de 105 monedas más enterradas al margen de las ánforas, sumando el conjunto del tesoro unas 53.208 piezas o numos de bronce, según cálculos del equipo científico encargado de su investigación, pues nueve ánforas siguen aún cerradas.
La cronología de las monedas, todas ellas de bronce aunque con pequeños contenidos de plata, fue fijada entre los años 294 y 312 de la era actual, es decir entre finales del siglo III y comienzos del IV; y el conjunto del tesoro fue tasado en 468.230 euros por una comisión de expertos constituida para tal fin y conformada por José María Luzón, de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando; Ramón Corzo, de la Real Academia de Bellas Artes de Santa Isabel de Hungría; y por el prestigioso catedrático de Arqueología José Beltrán Fortes.
A partir de ahí, Ignacio Rodríguez Temiño, doctor en Arqueología y Ciencias de la Antigüedad, arqueólogo y conservador, plantea «una propuesta alternativa a la tasación del conjunto de monedas del Olivar del Zaudín», en un marco en el que años atrás, tres de los operarios a los que la Justicia había reconocido el derecho al «premio legal correspondiente» por el descubrimiento interponían un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), contra la tasación que fija en 468.230 euros el valor económico actual de este conjunto pecuniario.
Merced a dicha tasación, correspondería un premio aproximado de 125.000 euros a repartir entre todos los descubridores del tesoro reconocidos como tal por la Justicia.
Rodríguez Temiño precisa al respecto que él mismo fue nombrado inicialmente como miembro de dicha «comisión de académicos» creada para la tasación del tesoro, pero su designación fue finalmente revocada al no ser acreditada su condición de «miembro de alguna academia»; extremo que él mismo comprende «en aras de evitar una fuente de futura conflictividad ajena» a la propia comisión.
Ya sobre el fondo del asunto, este doctor en Arqueología y Ciencias de la Antigüedad, arqueólogo y conservador explica que para justificar su tasación de 468.230 euros, la citada comisión elaboró un informe basado «en dos premisas».
«La primera, teniendo presente que de las 53.208 monedas, un total de 49.277 están sin limpiar, le asignan un precio medio, tomando como referencia el precio de monedas similares, de ocho euros por moneda, lo que arroja un monto de 425.664 euros, valor que debe ser incrementado en un diez por ciento atendiendo a la aportación histórica y museística que tiene un hallazgo documentado históricamente, de un periodo determinado y que será objeto de utilización singular en el contexto cultural, museístico y educativo», detalla el autor de este trabajo.
Al respecto, Rodríguez Temiño avisa de que la valoración de la comisión fue una «tasación oracular, realizada a ojo de buen cubero y que fía su idoneidad en el mero prestigio en el campo académico de quienes lo hacen«.
A la hora de plantear su propuesta alternativa, Rodríguez Temiño explica que «el hecho de que las monedas del Zaudín pertenezcan al dominio público suele llevar al error, a la hora de calcular su valor económico en función del precio de ejemplares semejantes en el mercado, de multiplicar el precio de mercado por el número de monedas. Eso es lo que hizo inicialmente el Museo Arqueológico y, más adelante, la comisión«.
«Si se toman los precios de subastas como referencia, debe hacerse calculando el efecto en el mercado de la introducción de las 53.208 nuevas monedas», lo que «tampoco debe hacerse a través de una mera estimación buenista, como parece haber hecho la comisión, sino aplicando un conocimiento profundo del mercado numismático y de las leyes de la microeconomía que denominan a este fenómeno, exceso de oferta», agrega.
A partir de ahí, este autor precisa que «es posible dividir las monedas en »tres grandes grupos«, en alusión a »un 15% (7.981 ejemplares) que no ha requerido de conservación y que podrían catalogarse como de muy excelente o buena conservación; un 10% requerido de conservación (5.528 ejemplares) y que cabría clasificarlos como buena conservación; quedando el 75% (39.906 ejemplares) restante necesitado de labores de limpieza, como de regular conservación«, ante lo cual «el mercado numismático reaccionaría de forma diversa ante estos tres lotes».
Al punto, Rodríguez Temiño calcula «una primera cifra de 399.050 euros» como valor del primer lote, a razón de 50 euros la unidad; 478.872 euros para el segundo en función de 12 euros por moneda dada «la incidencia en el mercado por la afluencia de las monedas del segundo lote, que las depreciaría hasta cierto tope»; y 553 euros en el último lote, el de peor estado, a un precio de 0,1 euros por moneda, por «una brusca depreciación como resultado del efecto acumulado de la presencia de numerario de mucha mejor calidad en el mercado y su grado de conservación». O sea 878.475 euros en total.
Finalmente, Rodríguez Temiño realiza un cálculo entre el valor total de las monedas, de 878.475 euros como ha sido descrito; más su precio de mercado, 617.904 euros; menos los costes derivados de la conservación, de 453.116 euros; y menos 179.460 euros del resultado entre las inversiones en materia de difusión y las expectativas de ingresos; lo que arroja una cifra de 863.803 euros, según precisa.
«Se podrá o no estar de acuerdo tanto en los conceptos como en la estimación económica, pero la prolija explicación de los criterios adoptados ofrece la posibilidad de disentir razonadamente. Con ello se respeta no solo la obligación de motivar adecuadamente los actos administrativos, sino también el principio de seguridad jurídica de las personas acreedoras al premio por hallazgo casual», concluye Rodríguez Temiño.
Fuente: abc.es / Sevilla